Para empezar, la entidad encargada de regular los drones en Colombia es la Aeronáutica Civil. Esto significa que todos los registros de licencias y drones se deben hacer con ellos y no con ninguna otra entidad. De la misma forma, la Aerocivil es el ente estatal que se encarga de regular las normas para las aeronaves no tripuladas.

 Los Reglamentos Aéreos de Colombia (RAC), específicamente el apéndice 13 del RAC 91. Le da facultades a las autoridades del país (Policía Nacional) para poder hacer uso de sus poderes para indagar, confiscar, entre otras este tipo de equipos que no estén autorizados.

También, la Aerocivil hace la distinción entre un piloto profesional de drones y un aficionado. El aficionado no debe tomar curso para volar, pero la circular limita muchos de los usos comerciales que le puede dar al dron. Por ejemplo, un aficionado no podría grabar y monitorear eventos o multitudes de gente al no contar con la autorización necesaria.

Para los pilotos profesionales o que tengan un dron pesado (es decir un dron que pese mas de 250gr), se requiere que el piloto realice un curso y tenga horas de vuelo certificadas. Estas horas se ven reducidas con la nueva norma, ya que pasaron de ser 40 a tan solo 20.

De la misma forma que se diferencia entre pilotos aficionados y profesionales, la Aerocivil hace distinción entre los tipos de drones que se pueden volar en el país. Las categorías que existen son 3: A, B y C.

Regulación de Drones en Colombia

Clases o tipos de Drones – UAS

Clase A (abierta): equipos que vuelan con operaciones de la siguiente forma:

  1. Lejos de cualquier tipo de casco urbano (lejos de ciudades, pueblos, municipios, cabeceras municipales, etc.)
  2. Lejos de personas que no estén involucrados en las operaciones con Drones.
  3. Solo realización de vuelos diurnos (con excepciones en situaciones puntuales para vuelos nocturnos)
  4. vuelos en espacio aéreo no controlado (Espacio aéreo G)
  5. Solo vuelos lejos de aeropuertos (9KM) lejos de helicópteros (3KM)
  6. vuelos lejos de gobiernos (presidentes, alcaldes u otras autoridades)
  7. Solo vuelos que impliquen captura de imágenes o videos, no posible realización de ninguna otra actividad con UAS – Drones (No aplica para trabajos de agricultura, fumigación, transporte de animales, domicilios, transporte, etc)
  8. No se pueden realizar vuelos autónomos
  9. Máximo 500 mts horizontales de distancia
  10. Solo Aeronaves que pesen entre 250 gramos hasta 25 kilogramos

Clase B (regulada): equipos que vuelan con operaciones que transgreden las definidas para los Clase A en cualquier ítem, o que desean volar en estos escenarios adicionales:

  1. Aeronaves de 250 gramos hasta 25 kilogramos que transgredan o salgan de lo permitido para aeronaves en Clase A
  2. Aeronaves entre 25 kilogramos y hasta 150 kilogramos. 
  3. Aplica para todos los escenarios que incluyen a los Clase A
  4. Con autorización puedo
  • Volar en ciudades o zonas urbanas
  1. Vuelos con fines de aspersión o fumigación
  2. Máximo 750 mts horizontales
  3. Transporte de insectos (para ciertos temas científicos, por ejemplo abejas)
  4. Trabajos diferentes, puede solicitarse autorización
  5. Salvamento y rescate (coordinando actividades entre organización encargada, Aerocivil
  6. En algunos casos es posible hacer operaciones autónomas (enjambres de drones).

Clase C (Certificada): Aeronaves con un peso mayor a 150KG por ahora restringidas y no son autorizadas, sin embargo:

  1. Proyectos de investigación, desarrollo e innovación podrán explorarse en esta categoría. 
  2. Deja espacio para que en el momento en el que la OACI se pronuncie con respecto a la utilización de Drones de gran peso puedan hacerse operaciones homólogas en el país.

Te dejo este video, en el que puedes descubrir todo acerca de la norma: Resolución 4201 Apéndice 13 del RAC 91: 

Para el ex-director de la Aeronáutica Civil, Alfredo Bocanegra, esta regulación podría “limitar el mercado, este es un tema que está evolucionando rápidamente y necesita una regulación ágil, que garantice la seguridad de los vuelos, pero que permita el desarrollo de nuevas economías que pueden usar este tipo de tecnologías”.

Para mas información:

Aeronautica civil

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